HERENCIAS INTERNACIONALES

En una sucesión en la que intervienen elementos de distintos países; por ejemplo, el fallecido vivía en un país distinto de su país de origen, sus herederos viven en un país distinto a los bienes que poseían y estos se encuentran en distintos países.

Es esencial saber que derecho nacional se aplica a la sucesión.

Si usted es español residente en el extranjero, o extranjero residente en España o si, español o extranjero, si en un futuro se va a trasladar su residencia a otro país distinto del suyo de origen, a la hora de planificar su futura sucesión, al otorgar testamento, debería tener en cuenta que la ley aplicable va a ser la del Estado de su residencia habitual, y no la de su nacionalidad, salvo que manifieste usted su voluntad de que su sucesión se rija por esta última.

¿QUE NORMAS SERÁN LAS APLICABLES, CUALES SON LAS PORCIONES HEREDITARIAS, LAS LEGITIMAS, CUAL ES LA RESPONSABILIDAD POR DEUDAS?

Nosotros te respondemos

Tu abogado, altamente especializado en materia de Derecho de sucesiones, prestando asesoramiento en Adjudicación de Herencias Nacionales e Internacionales, incidencia fiscalidad; confección de testamentos con inserción de clausulas concretas para su seguridad jurídica, y muy especialmente, pensando en como salvaguardar a nuestros seres queridos, las personas mayores, mejorando jurídicamente la calidad que puedan sufrir por sus limitaciones físicas o discapacidades y necesitasen de cuidados especiales, para ello hemos pensado en la constitución de Contratos de Alimentos, figura jurídica de la Autotulea . . .

PAUTAS A SEGUIR

La determinación de la ley aplicable a las sucesiones internacionales en el Reglamento (UE) 650/2012.-

¿Qué ley es la aplicable en una sucesion transfronteriza ?

1)  En principio aplica la Ley del Estado en el que el causante tuviera su residencia habitual en el momento de su fallecimiento, incluso si se trata de un estado no miembro de la UE. Una ley unica regira el conjunto de la sucesion.

2) La excepción, si el causante tenia lazos mas estrechos con otro estado, la ley que prevalecerá sera la de este ultimo. Complicado pues uno se puede desplazar por motivos profesionales, ej. Portugues trabaja en España y vuelve todos los fines de semana a Portugal…..

3) La opción, la posibilidad de elegir la ley de uno de los estados que el causante posee su nacionalidad. Esta opción se formula a través de un testamento o declaracion por causa de muerte; es decir, el testador puede elegir la ley de su Nacionalidad sea aplicable en la sucesion.

No obstante, durante la planificación de su sucesión, puede optar por que se aplique la ley de su país de nacionalidad (en el momento de la elección o del fallecimiento) en lugar de la ley del país de su última residencia habitual. Esta puede ser la ley de un Estado miembro de la UE o de un tercer país (en el caso de un país no perteneciente a la UE, deberá verificar que el país cuya ley haya elegido aceptará su elección de ley).

¿Qué ocurre si tengo varias nacionalidades?

Puede elegir la ley de cualquiera de los países de los que sea nacional (en el momento de la elección o del fallecimiento). Esta ley puede ser la de un Estado miembro de la UE o de un país no perteneciente a la UE.

¿CUAL ES EL CONTENIDO DE LA LEY APLICABLE?

si se trata de la ley del país de su última residencia habitual o la ley de su país de nacionalidad, si así lo elige, solo será aplicable una UNICA ley a su sucesión. Esta ley regulará la sucesión de todos sus bienes, independientemente de si se trata de bienes muebles (como un vehículo o una cuenta bancaria) o inmuebles (como una vivienda), y con independencia de dónde estén ubicados (es decir, incluso aunque se encuentren en varios países). La ley aplicable a la sucesión regulará quiénes son los beneficiarios de la herencia si no se ha otorgado testamento: cuál es la parte de legítima que corresponde a sus hijos y a su cónyuge . . . . .

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